La fórmula de cálculo de la plusvalía municipal ha caído
Importante noticia aparecida en el día de hoy en los medios de comunicación, referida a una nota informativa emitida por el Tribunal Constitucional por la que se adelanta el fallo de su sentencia en la que se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al considerar que regula un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (más conocido como plusvalía municipal) basado en que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.